
El artículo 8 dice:
Las farmacias podrán expender medicamentos a través de medios electrónicos. Para estos efectos, deberán cumplir con las disposiciones del Título VI bis y demás que les sean aplicables de este reglamento.
Pensamos que si se masifica la venta on line de los medicamentos, en el futuro podrían disminuir los establecimientos farmacéuticos y la presencia del QF dejaría de ser indispensable promoviendo la automedicación entre otros problemas de salud pública.